El mal uso de la neurociencia y la tecnología podrían vulnerar los derechos humanos
Necesitamos hablarlo: la tecnología y la neurociencia, en cierta manera, pueden vulnerar los derechos humanos. Enfoquémonos en la transgresión de nuestra libertad de elección y privacidad por la tecnología y la neurociencia. Es cotidiano usar las redes sociales, como Facebook e Instagram, para permitirnos compartir al mundo, a nuestros amigos y familia nuestras vivencias. Expresamos nuestros gustos mediante likes, nuestras conversaciones en chats y nuestros comentarios en tweets; básicamente, evidenciamos nuestra personalidad (Alves y Inkpen, 2017). Al parecer, no habría peligro en ello. Pero, ¿cómo sabemos que estas y otras compañías de redes sociales no vulneran nuestra privacidad? Incluso, siendo un canal masivo de comunicación, ¿qué nos asegura que no influencian intencionalmente nuestras decisiones y preferencias?
¿Aún le parece ciencia ficción? Lo irreverente es que no es así. El caso de Edward Snowden, del año 2013, nos dio a entender al mundo entero que la CIA y NSA, del gobierno estadounidense, espían y usan las redes sociales, las llamadas, los textos y la vigilancia a través de las cámaras de dispositivos móviles y computadoras (“Edward Snowden”, 2013). También está el caso de Cambridge Analytica y Facebook, quienes, al parecer, aplicaron tácticas para difundir información e influir mediáticamente en las elecciones políticas de diversos países.
Los datos, para los gigantes tecnológicos, representan un activo muy valioso; la información, en la era actual, se convierte en un recurso que es posible explotar monetariamente. Sabiendo que la información que facilitamos en redes sociales es la evidencia de nuestras preferencias, nuestra libertad podría estar vulnerada.
Para Ienca y Andorno (2017), deberían de existir nuevos derechos, para el ser humano, a medida de los avances de la tecnología y la neurociencia:
«(…) El caso de Edward Snowden, del año 2013, nos dio a entender al mundo entero que la CIA y NSA, del gobierno estadounidense, espían y usan las redes sociales, las llamadas, los textos y la vigilancia a través de las cámaras de dispositivos móviles y computadoras (…)»
- Derecho a la «libertad cognitiva»: se refiere a la libertad de decidir y de cambiar de opinión. Por lo tanto, las organizaciones o gobiernos no podrían vulnerar tal derecho de manera implícita o explícita.
- Derecho a la «privacidad mental»: implica que los datos obtenidos, tanto por escáneres cerebrales o a través de la internet, son indicadores de nuestros pensamientos y tal identidad no puede ser vulnerada.
- El derecho a la «integridad mental»: existe la posibilidad de que hackers o piratas puedan vulnerar nuestra identidad con nuestros datos cerebrales. Esto podría calar, incluso, en temas biomédicos, como nuestra información genética.
- Derecho a la «continuidad psicológica»: las nuevas tecnologías podrían no solo monitorear la actividad cerebral, sino también estimular o modular la función cerebral. Lo que se busca es que las personas no pierdan el sentido de sí mismas, de sus preferencias o decisiones por influencias que no buscan intencionalmente.
Finalmente, Ienca y Andorno (2017) también advierten sobre «la filtración indiscriminada de datos cerebrales a través de la infosfera» (esfera de la información), como sucede en las redes sociales.
Referencias
Alves, J., & Inkpen, D. (2017). Using Cognitive Computing to Get Insights on Personality Traits from Twitter Messages. En V. W. Masrani, G. Murray, T. S. Field & G. Carenini (Eds.), Domain Adaptation for Detecting Mild Cognitive Impairment (pp.278-283). Canadá: Springer.
Edward Snowden: the whistleblower behind the NSA surveillance revelations. (junio, 2013). The Guardian. Recuperado de https://www.theguardian.com/world/2013/jun/09/edward-snowden-nsa-whistleblower-surveillance?guni=Network%20front:network-front%20full-width-1%20bento-box:Bento%20box:Position1
Goodenough, O. R., & Tucker, M. (2010). Law and cognitive neuroscience. Annual Review of Law and Social Science, 6, 61-92. Recuperado de https://doi.org/10.1146/annurev.lawsocsci.093008.131523
Ienca, M., & Andorno, R. (2017). Towards new human rights in the age of neuroscience and neurotechnology. Life Sciences, Society and Policy, 13(1), 5. Doi:10.1186/s40504-017-0050.